Artículo Disposición adicional décimaDisposición adicional décima
Disposición adicional décima. Creación de plazas.
A efectos de implantar el sistema de homologación previsto en esta Ley Foral, se crearán las plazas que resulten necesarias en el Departamento competente en materia de servicios sociales.
Norma publicada: 14 de diciembre de 2006